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Defensoría obstruye acceso a la justicia a mujer indígena

La Defensoría de Derechos Humanos del Estado incumplió la impartición de justicia a una mujer indígena que fue víctima de violación a sus derechos humanos en el Hospital General de San Juan del Río.

Tras la atención inadecuada de al menos siete profesionistas en este hospital, que presuntamente derivó en la muerte de su bebé, la defensoría emitió recomendaciones a la Secretaría de Salud en el estado, sin embargo, no vigiló la reparación del daño a la afectada y dio por cumplidas estas medidas, en un acuerdo que excluyó a la denunciante.

El 19 de agosto de 2015, la mujer embarazada ingresó a dicho hospital con dolor en la zona vaginal, por lo que fue ingresada para practicarle una cesárea. Durante la espera fue revisada por tres doctores, debido al cambio de turno, hasta que finalmente otro pidió que se le suministrara oxitocina para inducir el parto por vía vaginal, sin hacer una revisión previa de su salud o la del bebé.

Casi 24 horas después, se practicó un ultrasonido en el que se indicó que el bebé presentaba buen estado de salud, e incluso se le sugirió que tenía la posibilidad de optar por un parto natural, sin embargo, la paciente insistió en ser sometida a cesárea.

Con ocho horas de atraso, por la atención a otros partos, los médicos la anestesiaron para iniciar la operación la tarde del 21 de agosto.

Antes de dormir alcanzó a escuchar el llanto de su bebé, quien según había tenido complicaciones por tragar líquido y fue transferido al área de neonatos, según le informaron personal médico y familiares.

A las 23:30 horas, un pediatra le informó que el bebé había nacido muerto.

El 26 de enero de 2016, tras la queja de la afectada, la Defensoría del estado emitió una recomendación al Gobernador del Estado, Francisco Domínguez Servién, para la reparación del daño material e inmaterial causado por la muerte del bebé, así como el inicio de los procedimientos administrativos a seis médicos del área de Obstetricia y un médico pediatra.

Estas recomendaciones incluían también el seguimiento al procedimiento legal por Responsabilidad Profesional, capacitación con apego a Normas Oficiales Mexicanas para el personal y proveer a las instancias de la Secretaría de Salud en el Estado de personal y material para atender emergencias obstétricas las 24 horas del día.

El 8 de febrero del mismo año, la Secretaría de Salud admitió las recomendaciones. Nueve meses después el Órgano Interno de Control de los Servicios de Salud en el Estado determinó que la reparación integral (material e inmaterial) del daño no era procedente, por considerar que había prescrito el derecho de la aquejada.

Por este motivo, la mujer inició procedimiento ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) por considerar insatisfacción en el cumplimiento de esta recomendación.

El órgano constitucional autónomo identificó que la Defensoría emitió una resolución definitiva en la que da por cumplidas las recomendaciones hechas en este caso en marzo de 2017, casi dos meses después de que la demandante inició el proceso ante la CNDH.

Además de esto, la Defensoría había remitido la negación para entregar a la comisión nacional el expediente solicitado para el seguimiento de este caso; este les fue entregado el 6 de abril de 2017.

Tras la consideración de estas circunstancias, la CNDH emitió la recomendación al gobernador del Estado para que reforme la Ley de Protección a Víctimas en la entidad, además de reiterar que se vigile el cumplimiento integral del daño, considerando factores de vulnerabilidad, emocionales, materiales, psicológicos, entre otros.

POR GABY HERNÁNDEZ