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Cómo está la regulación de pirotecnia en México

12 de Diciembre 2018
Las muertes ocasionadas por alguna explosión de pirotecnia en el país ascendieron 441% en 2018,

La población católica en el Estado de México es del 91.2%, y existe aproximadamente 8,200 iglesias,  en cada una de ellas se utiliza pirotecnia en celebraciones patronales, durante Semana Santa y celebración de año nuevo.

Las muertes ocasionadas por alguna explosión de pirotecnia en el país ascendieron 441% en 2018, pues pasaron de 12 en 2017 a 53 en lo que va del 2018, de acuerdo con cifras del Centro Nacional de Prevención de Desastres (Cenapred).

¿Qué marca la ley acerca del uso de pirotecnia?

1.-Los lineamientos se encuentran en la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y ahí se especifica que las actividades industriales y comerciales relacionadas con explosivos se sujetarán a las disposiciones que dicte la Secretaría de la Defensa Nacional.

2.- Se requieren permisos específicos para realizar actividades que tengan que ver con explosivos y sustancias químicas, éstos son otorgados por la Secretaría de la Defensa Nacional con conocimiento de la Secretaría de Gobernación y son los siguientes:

    Permiso general: Se otorga a negociaciones o personas que se dediquen a estas actividades de manera permanente

    Permiso ordinario: Se expedirá en cada caso para realizar operaciones mercantiles entre sí o con comerciantes de otros países, a las negociaciones con permiso general vigente.

    Permiso extraordinario: Se otorga a quienes de manera eventual tengan necesidad de efectuar alguna de las operaciones que especifica la Ley.

3.-El artículo 85 de la Ley señala que se impondrá de dos a diez años de prisión y de veinte a quinientos días de multa a los comerciantes de explosivos, que los adquieran sin comprobar la procedencia legal de los mismos.

4.- De acuerdo con el artículo 86, se impondrá de tres meses a tres años de prisión y de dos a doscientos días multa a quienes, sin el permiso respectivo, compren, transporten, organicen, reparen, transformen o almacenen explosivos.

5.- Se impondrá de un mes a dos años de prisión y de dos a cien días multa, a quienes manejen fábricas, plantas industriales, talleres, almacenes y demás establecimientos que se dediquen a las actividades reguladas por Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, sin ajustarse a las condiciones de seguridad a que estén obligados.

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