Por Israel Yáñez G
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió un amparo a Petróleos Mexicanos (Pemex) en contra de una sanción que le obliga a remediar el daño ambiental causado por los derrames de hidrocarburos provocados por “ordeña” de ductos, entre ellas por los denominados “huachicoleros”.
Pemex solicitó al Alto Tribunal determinar si se le debe señalar como responsable del daño ambiental cuando los derrames son resultado de actos ilícitos, esto es, las tomas clandestinas en los ductos por los que se transporta el combustible, y que se han multiplicado en varios estados del país.
Este es el primero de cinco amparos sobre el mismo tema atraídos por la SCJN, y en todos los casos, la paraestatal ha impugnado la imposición de sanciones y medidas correctivas impuestas por la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa),consistentes en la caracterización y remediación de suelos contaminados.
Petróleos Mexicanos argumenta en todas sus demandas que los daños han sido causados por terceros y, por tanto no son resultado de falta de mantenimiento de la petrolera.
Además que las perforaciones deben ser calificadas como causas de fuerza mayor y, en todo caso, los propietarios y poseedores de los predios contaminados son también responsables solidarios.
Pemex también ha sido sancionada por estos hechos contaminantes por la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos.
Por mayoría de tres votos, los ministros decidieron amparar a la paraestatal aunque por ahora se desconoce el alcance o efectos del amparo, pues la discusión del tema no se ha hecho pública.
“Se ampara a la quejosa (Pemex refinación) contra la autoridad y los actos precisados en el considerando cuarto de esta resolución para los efectos precisados en el último considerando de la misma”, dice la sentencia sobre el amparo directo en revisión 47/2016 promovido por Pemex Refinación (ahora Pemex Logística).
Dicha área se amparó contra actos de la Sala Especializada en Materia Ambiental y del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, consistentes en la sentencia del primero de abril de 2016, dentro del juicio de nulidad 2846/15-EAR-01-9.
Autoridades del Poder Judicial dijeron que en su ponencia, el Ministro Eduardo Medina Mora propuso conceder el amparo, lo cual fue avalado por dos de sus compañeros por lo que se alcanzó la votación de tres a uno con el voto en contra del ministra Javier Laynez y la ausencia de la ministra Margarita Luna.