La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó este miércoles la desaparición de Nueva Alianza como partido político ante el Instituto Nacional Electoral (INE), pues no obtuvo el tres por ciento de los votos en las pasadas elecciones federales del 1 de julio.
Nueva Alianza argumentaba que en 2005, año en que obtuvo su registro ante el INE, el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales señalaba que para perder el registro habría que obtener menos de dos por ciento de los votos.
La institución indicaba que se le debía aplicar la norma de 2005 y no la actual, la cual ordena el tres por ciento de las votaciones para conservar el registro. Nueva Alianza aseguró que la disposición se le había aplicado de manera retroactiva.
“La Sala Superior desestimó ese argumento, al señalar que la garantía de la irretroactividad de las leyes que consagra el artículo 14 constitucional establece que no se pueden modificar o afectar los derechos que adquirió un gobernado bajo la vigencia de una ley anterior con la entrada en vigor de una nueva disposición, en tanto que sí se pueden regular, por nuevas disposiciones legales, las meras expectativas del derecho, lo que en el caso ocurrió”, precisó el Tribunal en un comunicado.
Los magistrados también confirmaron que el INE expuso de manera clara de dónde se obtuvieron las cantidades que permitieron concluir que Nueva Alianza no alcanzó el porcentaje mínimo al umbral requerido por la Constitución.
El partido turquesa también aseguraba que su desaparición atentaba contra el sistema democrático del país y el pluralismo político, pero el TEPJF también desechó dicho argumento, pues para conservar el registro es necesario demostrar fuerza política suficiente.